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S-01268-2024

Mantenimiento y gestión puntos recarga vehículos eléctricos e hibridos enchufables en SEDES CRTVE
Servicio de mantenimiento y gestión de puntos de recarga de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Importe de licitación (sin impuestos)
96.400,00 EUR
Estado Formalizado
Periodo de solicitudes
15/abr/2024 09:00 - 14/may/2024 14:00
Entidad RTVE
Órgano de contratación
Dirección de Compras de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A.
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA No
Valor estimado sin impuestos 139.780,00 EUR
Código CPV
50700000-2 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de edificios

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos
    • Otras solvencias económicas
    • Otras solvencias técnicas
  • Sobre de documentación técnica subjetiva
    • CG - Criterio técnico subjetivo con múltiples documentos
  • Sobre de documentación técnica objetiva
    • CG - Criterio técnico objetivo con múltiples documentos
  • Sobre de documentación económica
    • 21. Precio

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Otros

Resumen apertura mesa A

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Otros

Resumen apertura mesa B

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Otros

Informe Técnico Subjetivo

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Otros

Resumen apertura mesa C

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Documentos adicionales a publicar

Mod Anexo I 1268

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Documentos adicionales a publicar

Mod Anexo III serv 1268

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Pliego administrativo

Pliego Condiciones Generales

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Pliego técnico

Pliego técnico

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Documentos adicionales a publicar

Visita fecha S-01268-2024

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Documentos adicionales a publicar

memoria justificativa

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Mesas de apertura de la licitación.

S-01268-2024: Sobre A

14 mayo 2024 14:30

Finalizada

S-01268-2024: Sobre B1

17 mayo 2024 11:00

Finalizada

S-01268-2024: Sobre B2

20 mayo 2024 13:30

Finalizada

S-01268-2024: Sobre C

20 mayo 2024 13:45

Finalizada

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 15/04/2024 a las 11:17

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  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 15/04/2024 a las 11:25

    Ver Anuncio
  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 16/05/2024 a las 10:47

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 17/05/2024 a las 11:56

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 20/05/2024 a las 13:08

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 20/05/2024 a las 14:12

  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 18/06/2024 a las 10:05

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  • Anuncio de formalización

    Publicado el 02/08/2024 a las 10:35

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Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Buenos días, siendo este un contrato de mantenimiento y gestión de puntos de recarga, donde la parte principal de presupuesto así como la solvencia es de mantenimiento de puntos de recarga. Nos surgen dudas respecto a la subcontratación, en el apartado 12 y 16 del pliego de condiciones generales: "Se admite la subcontratación en las tareas relacionadas con el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones de recarga." Nos surge la duda si como instaladores el software de gestión se considera una subcontratación y si esta estaría incluida dentro de las permitidas en subcontratación. Saludos y gracias
Enviada

06/may/2024

Contestada

10/may/2024

El objeto del contrato del expediente incluye la gestión, cobro y atención de usuarios desde una plataforma software con centro de control y el mantenimiento de instalaciones. El mantenimiento (físico) de instalaciones, no supone, necesariamente, la plena disponibilidad del servicio de soporte (software) del mismo y la solución de incidencias en su explotación, absolutamente imprescindibles para garantizar la ejecución del contrato. Si la plataforma empleada para la gestión del servicio no está desarrollada/explotada y mantenida por el licitador, éste deberá valorar si los medios propios a ofertar permiten la ejecución completa para cumplir con el objeto del contrato. Si tal disponibilidad fuese limitada debería plantearse las opciones habilitadas por la LCSP para acreditar la disponibilidad de los recursos contemplados en los supuestos del art.75 "Integración de la solvencia con medios externos".
Buenas tardes, En relación a los documentos acreditativos de que el licitador se encuentra en un proceso de mejora continua para aumentar la satisfacción del cliente, ¿serían válidas las evaluaciones internas que dispone la empresa según la información proporcionada por nuestros clientes?
Enviada

07/may/2024

Contestada

10/may/2024

Se requiere una certificación ISO9001 dado que para su obtención se requieren unos criterios y protocolos normalizados, aplicables a cualquier licitador que desee obtenerla. Al indicarse "cualquier otro elemento de prueba alternativo", se admite expresamente en Anexo III Declaración responsable "certificación externa de calidad equivalente", porque hay distintas entidades que expiden certificaciones similares a ISO9001, todas ellas emitidas por organismos EXTERNOS a la propia empresa, lo que garantiza su independencia, por lo que no se admiten evaluaciones INTERNAS de la propia empresa. De forma alternativa, puede acreditarse tal solvencia siempre que se cumplan los supuestos contemplados en art.75 LCSP "Integración de la solvencia con medios externos".
Buenos días, 1. ¿Los usuarios actuales de los terminales de carga disponen de tarjetas rfid y/o utilizan una app móvil para acceder al servicio de recarga ? 2. En el caso de las RFID, ¿se deben reutilizar? ¿tienen imagen corporativa de RTVE o de la empresa de gestión actual? Gracias.
Enviada

08/may/2024

Contestada

10/may/2024

1. Sí, actualmente disponen de ambas opciones, pudiendo asociar RFID a su APP. 2. Las tarjetas actuales han sido suministradas por la empresa de gestión actual, con su propia imagen corporativa, entendemos que no serán compatibles con gestor diferente.
Buenas tardes , Nos gustaria confirmar el punto siguiente del pliego prescripciones técnicas a saber si el licitador tiene que ser el propietario de la APP: APP propiedad del adjudicatario para recarga. Agradecemos su confirmación para ver si nos podemos presentar a la licitacion saludos cordiales Delphine BESSOT VOLTING SA 2.1.1. Gestión de usuarios El CC permitirá la gestión de usuarios de la infraestructura de puntos de recarga instalada. Será posible realizar un registro actualizado con información individualizada, con al menos los siguientes datos: Datos personales: Nombre y Apellidos. Identificador único de tarjeta RFID (sin contacto). APP propiedad del adjudicatario para recarga. Posibilidad de asociación de usuario a punto/s de recarga específicos. Acceso a detalles de consumo por cada usuario: hora de inicio de la recarga, hora de fin, kWh consumidos, identificador del punto de recarga, curva de recarga realizada. Posibilidad de gestión y cobro de consumo individualizado. Histórico de recargas de cada usuario.
Enviada

09/may/2024

Contestada

10/may/2024

El adjudicatario debe ser propietario de la APP a emplear, al ser el objeto principal del contrato la gestión y cobro de los servicios de recarga, éstos deben estar garantizados durante todo el periodo de ejecución del contrato, lo que supone que no puede haber un cambio de Plataforma de Gestión durante el periodo de ejecución del contrato. Dado que debe contarse con el Centro de Control de la Plataforma de Gestión empleada y con las referencias técnicas de haber prestado servicios similares (PCAP.8ª) la LCSP habilita, bajo determinados supuestos contemplados en el art.75 "Integración de la solvencia con medios externos", situaciones como la indicada pero siempre que se demuestre disponer de solvencia y medios DURANTE TODO EL PERIODO DE CONTRATO. Entre otros requisitos indicados en el art.75 deberá presentarse compromiso por escrito de ambas entidades y detallarse en oferta técnica (sobre B) como afectará tal circunstancia a la planificación y ejecución de los trabajos objeto del expediente.
Buenos días, ¿Cuál será la extensión máxima de la memoria ?
Enviada

13/may/2024

Contestada

13/may/2024

Según se indica en Pliego Técnico 3.1.1.B Descripción de la planificación temporal de la puesta en marcha del servicio se considera un "Máximo 30 páginas DINA4 formato pdf, sin contar portada ni índice. En memorias con extensión mayor de 30 páginas sólo serán puntuadas las 30 primeras páginas". En los apartados 3.1.2 a 3.1.5 de los criterios técnicos sujetos a juicio de valor no se indica extensión máxima por lo que no hay limitación, pero, en todos los casos, debe incluirse solo información relevante para la ejecución del servicio objeto del contrato, cualquier información genérica no aplicable al servicio licitado no será puntuada.
Buenos días, ¿todo lo solicitado y cuantificable mediante juicio de valor debe ir en el mismo documento?
Enviada

13/may/2024

Contestada

13/may/2024

No es obligatorio, pueden presentarse documentos independientes presentando por separado cada criterio sujeto a juicio de valor o bien en documento único, siempre que se identifique claramente la documentación correspondiente a cada criterio. En caso de presentación de documentos independientes pueden subirse todos los documentos agrupados en un único fichero zip, formato admitido por la Plataforma de Contratación de CRTVE..
Buenos días, ¿podrían indicar el tipo de vehículos que cargan actualmente?
Enviada

14/may/2024

Contestada

14/may/2024

Turismos eléctricos e híbridos enchufables, también alguna moto eléctrica.(tipos de recarga 1, 2 y 3).
Buenos días, ¿podrían indicar el número de vehículos corporativos que tienen actualmente en flota?
Enviada

14/may/2024

Contestada

14/may/2024

Actualmente sólo hay un vehículo de uso corporativo en PRADO DEL REY, el uso de los puntos de recarga se realiza, mayoritariamente, por trabajadores e invitados.