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S-01255-2025

Cabecera Multiplataforma de Emisión Internacional
El objeto de esta contratación es, por un lado, la adquisición, instalación, configuración y puesta en marcha del equipamiento necesario para renovar y unificar las cabeceras de satélite para Europa, Asia y África en una única cabecera multiplataforma; y, por otro, su soporte y mantenimiento, tanto de hardware como de software, y la formación técnica necesaria para su explotación por el personal de RTVE.
Importe de licitación (sin impuestos)
180.000,00 EUR
Estado Adjudicado
Periodo de solicitudes
29/abr/2025 14:00 - 16/may/2025 14:00
Entidad RTVE
Órgano de contratación
Dirección de Compras de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A.
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA No
Valor estimado sin impuestos 180.000,00 EUR
Código CPV
32000000-3 Equipos de radio, televisión, comunicaciones y telecomunicaciones y equipos conexos

50330000-7 Servicios de mantenimiento de equipo de telecomunicación

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos (Anexo II)
    • Otras solvencias económicas
    • Otras solvencias técnicas
  • Sobre de condiciones técnicas
    • Criterio técnico subjetivo con múltiples documentos
  • Sobre de ofertas económicas
    • Criterio técnico objetivo con múltiples documentos
    • Precio

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Informe de adjudicación

Cuadro resumen Técnico-Económico

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Otros

Acta apertura administrativa

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Otros

Acta apertura Sobre B

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Otros

Informe técnico criterios sujetos a juicio de valor

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Otros

Apertura sobre C

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Documentos adicionales a publicar

MEMORIA.pdf

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Documentos adicionales a publicar

Nota de visita

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Pliego administrativo

PLIEGOCONDGENERALES.pdf

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Pliego técnico

PLIEGOTECNICO.pdf

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Mesas de apertura de la licitación.

S-01255-2025: Sobre A

19 mayo 2025 09:00

Finalizada

S-01255-2025: Sobre B

19 mayo 2025 09:30

Finalizada

S-01255-2025: Sobre C

19 mayo 2025 10:00

Finalizada

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 29/04/2025 a las 12:13

    Ver Anuncio
  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 29/04/2025 a las 12:17

    Ver Anuncio
  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 19/05/2025 a las 16:13

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 19/05/2025 a las 16:22

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 03/06/2025 a las 14:27

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 03/06/2025 a las 14:58

  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 12/06/2025 a las 12:41

    Ver Anuncio
  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 12/06/2025 a las 12:44

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Buenos días, Queríamos saber si es posible apoyarnos en la solvencia de una empresa que no tiene CIF Español y en caso afirmativo, podrían, por favor, indicarnos que documentación necesitan que presentemos? Muchas gracias.
Enviada

07/may/2025

Contestada

07/may/2025

A efectos de acreditar la solvencia requerida en el pliego, conforme a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica del vínculo que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar y se cumpla lo establecido en el citado artículo. En caso de que los licitadores concurran agrupados en uniones temporales de empresas (UTE), conforme al artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Por lo que respecta a la subcontratación, es necesario tener en cuenta todo lo dispuesto en el pliego sobre este aspecto (véase apartado 16 Subcontratación del PCAP y apartado 12 del PCG entre otras menciones) debiendo detallar todas las empresas y actividades subcontratadas a cada una. Si la empresa con la que se integra la solvencia también va a ejecutar parte del contrato, debe declararse como subcontratista y cumplir con las condiciones establecidas en el pliego.