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S-01219-2026

Suministro de medicamentos Torrespaña, Prado del Rey y Barcelona
Suministro de medicamentos para los centros de trabajo de Torrespaña, Prado del Rey y Barcelona
Importe de licitación (sin impuestos)
38.063,00 EUR
Estado Adjudicado
Periodo de solicitudes
17/mar/2026 10:00 - 01/abr/2026 14:00
Entidad RTVE
Órgano de contratación
Dirección de Compras de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A.
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto super-simplificado
SARA No
Valor estimado sin impuestos 57.094,50 EUR
Nº lotes 3

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Oferta completamente objetiva
    • Criterio técnico objetivo con múltiples documentos
    • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos
    • Otras solvencias económicas
    • Otras solvencias técnicas
    • Precio

Lotes en que se divide el expediente

Lote Título Importe de licitación (sin impuestos) Estado
33600000-6 Productos farmacéuticos

1 S-01219-2026 - Lote 1 SUMINISTRO MEDICAMENTOS TORRESPAÑA 15.211,58 Formalizado
33600000-6 Productos farmacéuticos

2 S-01219-2026 - Lote 2 SUMINISTRO MEDICAMENTOS PRADO DEL REY 16.878,82 Adjudicado
33600000-6 Productos farmacéuticos

3 S-01219-2026 - Lote 3 SUMINISTRO MEDICAMENTOS BARCELONA 5.972,60 Desierto

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Otros

Resumen técnico económico

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Pliego administrativo

PLIEGOCONDGENERALES.pdf

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Pliego técnico

PLIEGOTECNICO.pdf

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Otros

Anexo I.B. Modelo de proposición económica

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Mesas de apertura de la licitación.

S-01219-2026: Oferta

6 abril 2026 08:30

Finalizada

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 17/03/2026 a las 09:52

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  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 17/03/2026 a las 09:55

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  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 17/03/2026 a las 09:59

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 15/04/2026 a las 09:46

  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 15/04/2026 a las 09:50

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  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 15/04/2026 a las 09:53

    Ver Anuncio
  • Anuncio de adjudicación

    Publicado el 15/04/2026 a las 09:57

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Buenas tardes, en caso de que un medicamento esté dado de baja por lo tanto con suministro suspendido, se debe ofertar a precio 0€?
Enviada

27/mar/2026

Contestada

01/abr/2026

Buenos días, Si está dado de baja y no va a poder ser dispensado, cada licitador puede hacer la oferta de la manera que crea más ventajosa para su propuesta , teniendo en cuenta que si volviera a comercializarse se facturaría al precio ofertado. Gracias, saludos.
Se indica en el anexo i que los precios unitarios de las proposiciones económicas no podrán incluir precios superiores a los indicados en el PCAP clausula 3, que tendrán las condiciones de máximos. Una especialidad farmacéutica tiene un precio determinado por ley, por ejemplo el anaclosil 500 mg 20 capsulas tiene un importe máximo sin IVA definido en el PCAP de 4,13 euros y sin embargo el precio actual sin iva fijado por Sanidad es de 4.87 euros. En estos casos ¿Qué precio debe prevalecer?, ya que no se puede hacer un descuento en especialidades farmacéuticas salvo las publicitarias y no es el caso.
Enviada

27/mar/2026

Contestada

01/abr/2026

· Entendemos que el Sistema de Precios de Referencia de Agrupaciones homogéneas de medicamentos del Sistema Nacional de Salud se refiere al Nomenclator con precios de referencia de las distintas especialidades farmacéuticas financiados por el Sistema Nacional de Salud, que incluye los precios menores y los precios más bajos. En los mismos se determinan los precios máximos de dichos medicamentos, así como los más bajos y los que van viendo reducido su precio (Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de precios de referencia y de agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y determinados sistemas de información en materia de financiación y precios de los medicamentos y productos sanitarios). · En el PCAP se ha tratado de poner el precio más bajo que aparece en el Nomenclator. Si en alguna especialidad no ha sido así, entiendo que al no estar financiado por el SNS, el precio de facturación que prevalecería sería el que aparece en el Pliego. Gracias. Saludos.