Cargando

Por favor, espere

S-02583-2026

Mantenimiento y suscripción de licencias antivirus
El objeto del contrato es la renovación y suscripción de licencias de las soluciones de ciberseguridad TrendAI utilizadas por RTVE, junto con los servicios necesarios para su implantación, configuración, integración, soporte y seguimiento.
Importe de licitación (sin impuestos)
547.028,61 EUR
Estado Publicado
Periodo de solicitudes
24/sep/2026 14:00 - 26/oct/2026 14:00
Entidad RTVE
Órgano de contratación
Dirección de Compras de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A.
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA Sí
Valor estimado sin impuestos 966.417,21 EUR
Código CPV
48760000-3 Paquetes de software de protección antivirus

72260000-5 Servicios relacionados con el software

72267000-4 Servicios de mantenimiento y reparación de software

Forma de presentación



La presentación de la oferta se realizará en el navegador, necesitará disponer de los componentes necesarios para poder firmar su oferta electrónica.

Es importante que lea detenidamente las restricciones establecidas en la presentación de ofertas.
Independientemente que la oferta se presente desde el navegador, esta será encriptada en su máquina antes de su envío, garantizando la confidencialidad de la misma hasta el acto de apertura del sobre
  • Tamaño máximo por documento: 250 MB (En caso de requerirse su firma el tamaño máximo se rebaja a 20 MB)

  • Tamaño máximo de la oferta: 1 GB

  • Formatos de documento permitidos: doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos
    • Otras solvencias económicas
    • Otras solvencias técnicas
  • Sobre de condiciones técnicas
    • CG - Criterio técnico subjetivo con múltiples documentos
  • Sobre de ofertas económicas
    • Precio

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Otros

Acuerdo confidencialidad

Descargar

Documentos adicionales a publicar

MEMORIA.pdf

Descargar

Pliego administrativo

PLIEGOCONDGENERALES.pdf

Descargar

Pliego técnico

PLIEGOTECNICO.pdf

Descargar

Mesas de apertura de la licitación.

S-02583-2026: Sobre A

27 octubre 2026 14:00

Pendiente

S-02583-2026: Sobre B

28 octubre 2026 08:30

Pendiente

S-02583-2026: Sobre C

29 octubre 2026 08:30

Pendiente

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 25/09/2026 a las 09:30

    Ver Anuncio
  • Anuncio de licitación

    Publicado el 27/09/2026 a las 10:26

    Ver Anuncio
  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 27/09/2026 a las 10:44

    Ver Anuncio
  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 20/10/2026 a las 11:26

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Se solicita amablemente confirmar la fecha de adjudicación. Gracias
Enviada

06/oct/2026

Contestada

08/oct/2026

Este expediente se encuentra publicado en fase presentación ofertas, toda la información se irá publicando en la Plataforma de Contratación del Estado y en el Portal de Licitación Electrónica RTVE
Buenos día, Se solicita respetuosamente a la Entidad que reconsidere la exigencia relativa a que el licitador deba disponer del máximo nivel vigente de partnership del fabricante, permitiendo la participación de empresas que cuenten con un nivel de partnership oficial y vigente, aunque este no corresponda necesariamente al nivel más alto existente dentro del programa de canal del fabricante. La exigencia del máximo nivel de partnership puede limitar de forma innecesaria la pluralidad de licitadores y la libre concurrencia, ya que existen numerosos partners autorizados que, aun no disponiendo de la categoría más elevada dentro del programa comercial del fabricante, cuentan con experiencia acreditada, personal técnico certificado, capacidad de soporte, conocimiento especializado y referencias suficientes para ejecutar correctamente las prestaciones objeto del contrato. Asimismo, el nivel de partnership responde habitualmente a criterios comerciales definidos por cada fabricante, tales como volumen de negocio, objetivos de venta, inversiones conjuntas o número de certificaciones internas, aspectos que no siempre guardan una relación directa con la capacidad técnica real del licitador para prestar el servicio requerido. Por ello, se propone sustituir dicha exigencia por una redacción que permita acreditar la condición de partner autorizado vigente del fabricante, complementada, en su caso, con requisitos objetivos relacionados con la experiencia del licitador, las certificaciones del personal técnico asignado, el número de proyectos similares ejecutados o la capacidad de acceso al soporte y escalado del fabricante. De este modo, se mantendrían las garantías técnicas necesarias para la correcta ejecución del contrato, evitando al mismo tiempo una restricción que pudiera reducir injustificadamente la competencia y la participación de empresas técnicamente capacitadas. Gracias
Enviada

08/oct/2026

Contestada

09/oct/2026

El pliego no exige el máximo nivel de certificación del fabricante, sino un nivel mínimo Expert, que permite acreditar la capacitación técnica y experiencia necesarias para prestar el soporte requerido. Este requisito responde a la necesidad de garantizar una adecuada prestación del servicio, especialmente en la resolución de incidencias y su escalado al fabricante. Por tanto, no se considera necesario modificar el pliego, que se mantiene en sus términos.
Buenos día, Se solicita amablemente a la entidad aclarar si, para el cumplimiento de los requisitos relativos a las certificaciones ISO 9001 e ISO 14001, se requiere que el licitador disponga directamente de dichas certificaciones, o si el cumplimiento podrá acreditarse mediante certificaciones equivalentes u otros medios de prueba, de conformidad con las alternativas previstas en los pliegos. En caso de admitirse medios alternativos o equivalentes, agradecemos indicar qué documentos o mecanismos de acreditación serán aceptados por la entidad para demostrar el cumplimiento de estos requisitos. Gracias
Enviada

08/oct/2026

Contestada

09/oct/2026

De acuerdo con los pliegos, para acreditar los requisitos relativos a ISO 9001 e ISO 14001 se admite la presentación de las certificaciones oficiales o de los medios alternativos o equivalentes previstos en ellos. En caso de aportar documentación distinta de las certificaciones oficiales, corresponderá al órgano de contratación valorar su adecuación a los requisitos exigidos y determinar su aceptación o rechazo en cada caso
Buenos días, solicitamos respuesta a esta cuestiones: 1. SIEM. ¿Se requiere que el adjudicatario acceda al SIEM para realizar configuraciones o cambios, o estas actuaciones las realizará su administrador actual? Necesitamos confirmar quién se encargará de recibir y normalizar los eventos enviados desde Trend Micro. 2. Operación del servicio. ¿Se espera alguna actividad de administración, monitorización y respuesta por parte del integrador, y cuáles seguirán realizando Trend Micro y el SOC de RTVE? 3. NDR. ¿Los 500 Mb/s son el caudal agregado de todas las sondas? ¿Qué caudal pico y qué redundancia deben contemplarse? 4. CREM. ¿Cuántos activos internos y externos, IP públicas, dominios, aplicaciones web, bases de datos, cuentas cloud, contenedores y clusters deben cubrirse? ¿Sobre qué inventario y en qué ventanas debe completarse el escaneo en menos de seis horas? 5. Seguridad de aplicaciones IA. ¿Cuántas aplicaciones, modelos y entornos se protegerán, y qué tecnologías utilizan? ¿Quién realizará las integraciones en las aplicaciones, cuál es la media diaria prevista de peticiones y qué latencia adicional máxima aceptan? 6. Aceptación del despliegue. ¿Qué pruebas permitirán dar por aceptada cada nueva capacidad? ¿Cómo se tratarán los retrasos por accesos o infraestructura pendientes de RTVE? 7. Datos. ¿Qué restricciones de ubicación y conservación deben aplicarse a telemetría, muestras y contenido de IA? ¿Se confirma que no se requiere el acuerdo de encargo de tratamiento señalado como «no aplica»? 8. Formación. ¿Cuántas horas debe durar cada día formativo? ¿Se impartirá una única edición de cada curso? Gracias.
Enviada

14/oct/2026

Contestada

21/oct/2026

1.- No se requiere que el adjudicatario acceda al SIEM de RTVE. La recepción y normalización de los eventos en el SIEM es responsabilidad del administrador del SIEM. 2.- La operación del servicio diaria la realizará RTVE. El resto de tareas de cada actor se realizarán tal y como se indican en el PCT. 3.- Los 500Mb/s son el caudal agregado de todas las sondas y la licencia a adquirir cuando se ponga en producción el servicio. Una arquitectura viable sería ubicar una sonda por cada red a monitorizar, pero el pliego define que la arquitectura debe proponerla el licitador. 4.- Tal y como indica el pliego, se requiere licenciar el producto CREM Core para un total de 5502 dispositivos. El inventario y la ventana para realizar los escaneos se definirá junto con los administradores de los servidores en una etapa posterior. 5.- Las integraciones en las aplicaciones propias de RTVE serán realizadas por RTVE, no serán realizadas por el adjudicatario por lo que el número de aplicaciones, modelos y entornos no es relevante. Con respecto a la volumetría, el pliego especifica licenciar para 5.000 peticiones diarias para AI Scanner y 5.000 para AI Guard. En cuanto a la latencia, habría que indicar lo que refleja el pliego: "El licitador indicará la latencia máxima introducida por el servicio." 6.- El plan de despliegue debe concretar pruebas trazables a los requisitos de cada capacidad y RTVE dará su conformidad. Para los bloqueos por accesos o infraestructura, debe registrarse la dependencia solicitada, sus fechas y su efecto real en el hito. El PCAP vincula la penalización por demora a causas imputables al contratista; eso no equivale a una ampliación automática de todos los plazos 7.- Los datos de conservación y ubicación deben ser reflejados por el licitante en respuesta al pliego. El Anexo V figura como "NO APLICA" porque el objeto del contrato no implica que el adjudicatario trate datos personales bajo la responsabilidad de RTVE de forma que configure una relación de encargo de tratamiento en los términos del artículo 28 del RGPD. El adjudicatario actúa como prestador de un servicio técnico, sin acceso sistemático ni estructurado a datos personales. En el supuesto de que durante la ejecución surgiera alguna situación no prevista que derivase en dicho tratamiento, las partes suscribirían el acuerdo de encargo de tratamiento correspondiente antes de iniciarlo. 8.- Cada día formativo será de una duración de 7 horas. Cada curso se impartirá al menos en una ocasión.